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sábado, 12 de mayo de 2012

Charles Margach


INTRODUCCIÓN
En este fragmento de artículo el Dr. Margach habla acerca de la posición de la optometría funcional con respecto a lo que él llama “mandatos clínicos.”
Jesús Espinosa

PRINCIPIOS DE LA OPTOMETRÍA FUNCIONAL
CHARLES MARGACH, OD, DOS
Editor contribuyente

El autor brinda a este tópico particular la experiencia de mas de un cuarto de siglo de estar involucrado en el diagnostico optométrico, tanto como educador optométrico como practicante. Fue alumno del Colegio de Optometría de Illinois, y como profesor del Colegio de Optometría del Sur de California. El tiene su grado de Bachiller en Biología, su grado de maestría en Educación y esta completando su trabajo para el grado de Ph.D. en psicología. Sus asignaciones habituales de enseñanza incluyen cursos de comparación de análisis de casos optométricos. Asociado clínico del Optometric Extension Program Foundation por mas de 25 años, ha contribuido regularmente a los cursos de educación continua a los cursos ofrecidos por el OEP en los pasados diez años y es un autor del curso "Literature and Research Review".

El articulo presenta los puntos culminantes de una conferencia originalmente ofrecida en el regreso de la Asociación de Alumnos del Colegio de Optometría del Sur de California en 1975.

En la página 907 de su monumental Tercera Edición de Clinical Refraction, el Dr. Irving M. Borish, hablando del método de análisis de casos desarrollado por el Programa de Extensión Optométrica, dice:
"... la explicación del fondo conceptual de este método podría requerir casi un texto completo en si mismo... Los lectores interesados son referidos a los distintos textos disponibles los cuales están totalmente dedicados a este sujeto."

Cuando un autor de la estatura profesional del Dr. Borish se siente propenso a este comentario, dos puntos están claros:
1.- Que lo que llamamos "literatura pública" de la optometría aparentemente no incluye el material del cuál él esta hablando. Al menos la bibliografía proporcionada al final del capítulo en cuestión no cita ninguno de los textos disponibles sobre este método-- el método al cuál hemos llamado "optometría funcional." Posiblemente el autor se esta refiriendo al hecho de que el material sobre este método es más fácil de obtener a los Asociados Clínicos del Optometric Extension Program Foundation que a otros optometristas.
2.- Los principios de la "optometría (OEP) funcional" son tan complejos y esotéricos que no pueden ser establecidos firme y sucintamente.
Debe ser el propósito de este papel intentar suplir, en una forma y volumen digerible, la información omitida por el Dr. Borish. Haciendo esto creemos que podemos disipar ciertos mitos con respecto a los principios de la optometría funcional, incluyendo aquel que propone que son "no-científicos" así como inaceptables para usarse por cualquier miembro enterado de la profesión optométrica.

Un poco de Metodología
Se necesitan establecer tres puntos generales, antes que se puedan discutir adecuadamente aspectos específicos:
1.- Es imposible prescribir un régimen para un paciente basado únicamente sobre la información adquirida durante la secuencia de examen. El operacionalista que clama "que todo lo que tenemos que hacer es ver o escuchar lo que hace el paciente" esta haciendo un punto y perdiendo otro. El punto ganado es que debemos distinguir entre las afirmaciones de observaciones presentadas y las afirmaciones de presentar inferencias de estas observaciones. Lo primero es indisputable, lo segundo son cuestiones de opinión. Por ejemplo, si se dice que un paciente particular esta "interpretando imágenes retinianas borrosas", esto puede ser reconocido como una proposición que se infiere para ser evaluada en términos de su utilidad para cualquier propósito que pueda ser. Si, por el otro lado, se dice que el mismo paciente tiene una agudeza visual sin ayuda de 20/20, pero un resultado de retinoscopia de lejos de -1.00 D, estas son afirmaciones de observación, sujetas a escrutinio para confiabilidad y validez, pero inafectada por diferencias de opinión.

El punto perdido por nuestro afirmante es el central a este articulo: Ningún optometrista ha escrito una prescripción de un paciente o diseñado cualquier clase de programa remedial o rehabilitativo sin imposición sobre sus resultados de prueba, de una o más proposiciones normativas ("mandatos clínicos" debemos llamarlos) decretando que ciertas relaciones entre los resultados, o ciertos objetivos, son "buenos" y que tales buenas relaciones pueden ser los objetivos de una secuencia de tratamiento especifico. En ocasiones, el practicante puede fallar para darse cuenta que mandato esta usando o aún si esta usando uno. Tal falta de conciencia no invalida nuestra proposición básica.
Por lo demás, tales mandatos, son directivas de acción específica que deben ser tomadas en cuenta; en su forma pura, ellas no incluyen justificaciones o explicaciones—ni un "porque" para tomar la acción específica, ni detalles de las consecuencias de ya sea el seguimiento o ignorancia de las directivas.
2.- Los principios básicos son mejor entendidos no tanto por los ejemplos dados como por la presentación de alternativas-- frecuentemente de principios paralelos sostenidos por escuelas de pensamiento en competencia.
3.- La presentación de principios es mejor acompañada cuando se hace en un modo objetivo tanto como sea posible. La exposición siempre precede al proselitismo.
Así en lo que sigue debemos, primero, presentar suposiciones básicas y mandatos clínicos en términos operacionales (observacionales) tanto como sea posible. Segundo, debemos establecer tanto el punto de vista de la optometría funcional en el aspecto involucrado y el punto de vista de la escuela de pensamiento opuesta. Tercero, debemos buscar solo informar a nuestros lectores, no convertirlos a cualquiera de los puntos de vista que están siendo explicados. Finalmente, debemos usualmente tener poco que decir sobre los aspectos como la justificación para el principio presentado. Quizá será mejor si reconocemos que todos los principios así como las suposiciones, cuando se hacen, actúan guiando a consecuencias deseables. Poca, si alguna consideración será dada a la pregunta "¿Cuál es la investigación que apoya este principio?" Para los lectores que no puedan resistir esta pregunta, se les sugiere que cuestionen no solo los principios en la pregunta, sino también los principios de la contraparte proferidos por escuelas de pensamiento en competencia.